asignatura "problemas psicosociales en chile", universidad alberto hurtado

asignatura "problemas psicosociales en chile", universidad alberto hurtado

miércoles, 24 de septiembre de 2008

¿La ley protege realmente el Medio Ambiente?



Si bien desde que nacemos estamos inmersos e interactuando con el medio ambiente, muy pocas veces nos detenemos a observarlo, sentirlo y más aún a preocuparnos por él. De esta forma tampoco nos detenemos a ver si realmente estamos viviendo en un ambiente que nos acomoda o si realmente nuestro derecho a vivir libres de contaminación y en contacto con lo natural, está siendo deteriorado por el resto o incluso por nosotros mismos. Así mismo, si cada persona merece vivir en un medio ambiente sano que lo acompañe a realizar sus actividades de manera óptima, no perjudicándolo, ¿por qué a lo largo del tiempo nos hemos esmerado como sociedad a dañarlo y no protegerlo?


En 1994, recién fue creada la primera institución del Estado que se preocupó de velar por el cuidado del medio ambiente a nivel nacional, la Comisión Nacional del Medio Ambiente o CONAMA (Ley Nº 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente). En esta ley queda estipulado principalmente que nadie, bajo ninguna circunstancia puede dañar el medio ambiente.


“Sin perjuicio de las sanciones que señale la ley, todo el que culposa o dolosamente cause daño al medio ambiente, estará obligado a repararlo materialmente, a su costo, si ello fuere posible, e indemnizarlo en conformidad a la ley” (Ley 19.300. Artículo 3°, extraído el día 24 de Septiembre de 2008 desde http://www.bcn.cl/leyes/pdf/actualizado/30667.pdf)


Así también queda determinantemente convenido el hecho de que si existe un proyecto o una actividad que puede causar un impacto ambiental en cualquiera de sus fases, estos deberán ser sometidos a una evaluación de impacto ambiental.


"Las Declaraciones de Impacto Ambiental o los Estudios de Impacto Ambiental se presentarán, para obtener las autorizaciones correspondientes, ante la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región en que se realizarán las obras materiales que contemple el proyecto o actividad, con anterioridad a su ejecución. En los casos en que la actividad o proyecto pueda causar impactos ambientales en zonas situadas en distintas regiones, las Declaraciones o los Estudios de Impacto Ambiental deberán presentarse ante la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente” (Ley 19.300. Artículo 8°, extraído el día 24 de Septiembre de 2008 desde http://www.bcn.cl/leyes/pdf/actualizado/30667.pdf)


Si aceptamos estas leyes, por lo tanto, estaríamos afirmando que todos los proyectos a nivel nacional o internacional jamás han dañado el medio ambiente, sin perjudicar el derecho de todos los habitantes del país. Sin embargo, a lo largo del tiempo nos hemos visto inmersos en variadas protestas de los pobladores hacia muchos de estos proyectos.


José Aylwin, Director del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas, en su artículo acerca de la inauguración de la Central Hidroeléctrica Ralco en el Alto Bío Bío, señala que este proyecto además de arrasar con un pueblo pehuenche completo, arrasa con un territorio fértil y productivo. Además muestra que el proyecto se hizo sin contar con las autorizaciones exigidas por la ley en cuanto al cuidado y preservación del medio ambiente, utilizando la maquinación y el dinero para debilitar a la oposición de estos pueblos, comprando sus tierras, todo esto respaladado por el Estado que desde 1996 forjaron un acuerdo para su construcción. “Nada gráfica mejor esta estrategia concertada entre el Estado y ENDESA que la inundación anticipada del embalse de Ralco en abril de este año, en circunstancias que órganos del mismo Estado (CONADI y Monumentos Nacionales) conversaban con los integrantes de la comunidad de Quepuca sobre la remoción de los restos de cincuenta de sus antepasados allí enterrados. La inundación del embalse con anterioridad a la fecha acordada, con el silencio del gobierno, sepultó para siempre bajo el agua los restos de los antepasados pehuenche, así como la ilusión del nuevo trato que en esos días el Presidente Lagos había anunciado a los pueblos indígenas de Chile” (Extraído el día 7 de Octubre de 2008, desde http://www.mapuche-nation.org/espanol/html/medioambiente/ma-ntcs-05.htm).


La controversia de la corrupción presente en este proyecto llegó hasta áreas internacionales, como un caso paradigmático de tensión entre el desarrollo y respeto a la diversidad cultural y al medio ambiente. Rodolfo Stavenhagen, relator Especial de Naciones Unidas para los derechos indígenas señaló en el 2003 : “...el caso de Ralco ilustra claramente las tensiones sociales que surgen entre un modelo de desarrollo "modernizador" y los costos sociales, ambientales y culturales que debe soportar el pueblo que carga con el peso de esa transformación económica.” (Extraído el día 7 de Octubre de 2008, desde http://www.mapuche-nation.org/espanol/html/medioambiente/ma-ntcs-05.htm ).


De esta forma, podríamos analizar si realmente el Estado y la CONAMA respaldan y respetan totalmente nuestros derechos o si más bien la maquinación del dinero tiene mayor valor en el desarrollo económico de nuestro país hoy en día. Quizás este desarrollo prima hoy en día y aún podemos “vivir” con algunos derechos, pero ¿qué queda para las generaciones futuras?


Otro tema que rectifica que siguen presentándose este tipo de “problemas”, en cuanto a la corrupción y protección del medio ambiente, es el caso de Pascua Lama. Este proyecto binacional minero, entre Argentina y Chile, tiene como objetivo extraer el oro que se encuentra bajo glaciares milenarios (reservas acuíferas en el desierto más seco del mundo). Para llevar a cabo este proyecto, se construyó un tratado minero entre ambos gobiernos, proyecto también aprobado en el 2001 por la CONAMA. Sin embargo esta institución no ha podido responder a todas las personas que sienten inquietud por el daño que esto provocaría a las reservas naturales. Así, recién en el 2004 se pidió nuevamente un estudio de impacto ambiental, que nuevamente fue aceptado por la organización a pesar de todos los argumentos que a nivel internacional y nacional presenta la ciudadanía a favor del cuidado de las reservas naturales presentes en el territorio.


Con estos dos casos, nuevamente queda abierto a la reflexión, si realmente el Estado al constituir la Comisión Nacional del Medio Ambiente quería velar por el cuidado al medio ambiente, o si más bien su objetivo fue transgredido por el desarrollo necesario de un país económicamente. De esta forma ¿será entonces más bien que el cuidar el medio ambiente provoca mayores gastos que el ganar dinero dañándolo y constituyendo un avance o un desarrollo económico?.








Bibliografía
  • Aylwin, J. (2002). Se inaguró la Central Hodroeléctrica Ralco en el Alto Bío Bío. Consultado en Septiembre, 24, 2008 en http://www.mapuche-nation.org/espanol/html/medioambiente/ma-ntcs-05.htm.
  • Biblioteca del Congreso Nacional (1994). Ley 19.300. Consultado en Septiembre, 24, 2008 en http://www.bcn.cl/leyes/pdf/actualizado/30667.pdf.
  • No a Pascua Lama (2008). ¿Por qué no a Pascua Lama?. Consultado en Septiembre, 24, 2008 en http://www.noapascualama.org/info.asp?Ob=3&Id=3.

1 comentario:

Pablo A. Ugarte Insinilla dijo...

Luna: la idea del trabajo es hacer una crítica frente al tema escogido. Si bien pudiste dar tu parecer frente a lo escrito, es innecesario que pongas artículos completos y no los analices. Esto te juega en contra ya que dejas muchas ideas expuesta y que no las desarrollas.